El Instituto Nacional de Estadística (INE) ha publicado este miércoles un nuevo índice de referencia para la actualización anual de los contratos de alquiler, que se ha situado en el 2,15% interanual en julio de este año, en comparación con el 2,1% del mes anterior. Este índice es crucial, ya que los contratos de alquiler que se actualicen a partir de este año y que hayan sido firmados tras la entrada en vigor de la Ley de Vivienda, el 25 de mayo de 2023, deben utilizar este nuevo índice creado por el INE para determinar su renta anual.
El INE difunde mensualmente este índice, que se utilizará como límite para la actualización en los contratos de arrendamiento de vivienda, expresado con dos decimales y basándose en los últimos datos mensuales disponibles. Este índice definirá el precio al que se revalorizarán los contratos de arrendamiento firmados posteriormente a mayo de 2023.
Este índice toma en cuenta el Índice de Precios de Consumo (IPC), la inflación subyacente y las diferencias anuales entre las tasas de crecimiento de ambos indicadores, además de un parámetro propuesto por la Dirección General de Política Económica que se relaciona con el crecimiento esperado a largo plazo. A estas diferencias se les aplica un coeficiente moderador, que ha sido elaborado en conjunto por la Dirección General de Vivienda y Suelo del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana y la Dirección General de Política Económica del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, con el fin de considerar las circunstancias del mercado del alquiler de vivienda.
El índice de referencia que se adoptará como límite para la actualización anual de los contratos de arrendamiento será el valor mínimo entre la tasa de variación anual del IPC, la tasa de variación anual de la inflación subyacente y la tasa de variación anual media ajustada, conforme a la metodología aprobada. Con esta publicación, el INE cumple con la disposición adicional undécima de la Ley por el Derecho a la Vivienda, que exige definir un índice de referencia para evitar incrementos desproporcionados en la renta de los contratos de arrendamiento antes del 31 de diciembre de 2024.
Cabe destacar que, en 2024, la actualización de las anualidades del alquiler estuvo limitada de forma extraordinaria al 3% debido a los aumentos de precios provocados por la guerra en Ucrania. Sin embargo, este no ha sido el único límite establecido por el Gobierno en respuesta a la crisis inflacionaria resultante. A través de un Real Decreto-Ley, se restringió la actualización anual de los contratos de arrendamiento para 2022 y 2023, basándose en el Índice de Garantía de Competitividad (IGC), que está limitado al 2% y nunca puede ser inferior al 0%.
Actualización de la Renta para Contratos Firmados Antes de Mayo de 2023
Los contratos que se firmaron antes de la entrada en vigor de la Ley por el Derecho a la Vivienda, es decir, los firmados antes de mayo de 2023, continuarán actualizando su renta anual según lo establecido en el dato del IPC o del IGC, según lo que se especifique en el contrato de alquiler.
Fuentes del Ministerio de Vivienda han indicado que, en función de lo acordado en los contratos de alquiler firmados antes de mayo de 2023, la revalorización anual de la renta se realizará utilizando el dato de la inflación correspondiente a la fecha de cada actualización o el IGC, que no podrá superar el 2%. Esta actualización es crucial para asegurar que los inquilinos no se vean afectados por aumentos desproporcionados en sus rentas, en un contexto de creciente tensión inflacionaria.
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