La Audiencia Nacional ha fallado a favor de las operadoras Orange y Vodafone en sus recursos contra la liquidación del Impuesto de Actividades Económicas (IAE). Este dictamen obliga a la Agencia Tributaria a devolver a ambas compañías un total de 107,5 millones de euros. Las sentencias, datadas el 10 de marzo y el 18 de febrero, han sido fundamentales para reconocer el derecho de las empresas a recuperar las cantidades que habían ingresado en concepto de este impuesto.
En el caso de Orange, el fallo afecta a los ejercicios de 2018, 2019 y 2020 por sus servicios de telefonía fija y móvil. Por su parte, Vodafone España se ve beneficiada en relación con los ejercicios de 2018 y 2019, específicamente por sus servicios de telefonía móvil. Según las resoluciones a las que se ha tenido acceso y que fueron anticipadas por ‘El País’ y ‘Expansión’, Orange podrá recuperar 62,3 millones de euros, mientras que Vodafone España recuperará más de 45,2 millones, ambos importes junto con los intereses de demora correspondientes.
Una de las sentencias establece: «Reconocemos a la entidad Orange España el derecho a la devolución de las sumas indebidamente ingresadas en las arcas públicas en concepto de IAE durante los ejercicios 2018, 2019 y 2020, junto con los intereses de demora correspondientes». En el caso de Vodafone, el dictamen detalla que se reconoce «el derecho de la entidad actora a que le sean devueltas las cantidades indebidamente ingresadas en concepto de Impuesto sobre Actividades Económicas, cuota nacional, por ‘servicios de telefonía móvil’, en los ejercicios 2018 y 2019 a que se refieren las liquidaciones que ahora se anulan, junto con los intereses de demora correspondientes». En total, se invalidan las liquidaciones de 2018 y 2019, que suman 22,88 y 22,34 millones de euros, respectivamente.
Los magistrados han explicado que el epígrafe del IAE que grava a los operadores de telefonía móvil según su número de clientes se opone a la normativa europea. Según el fallo, la introducción de este epígrafe «tuvo una finalidad claramente compensatoria» y estuvo dirigida a mejorar la recaudación para las Haciendas locales. No obstante, se argumenta que su fin es estrictamente recaudatorio y resulta ajeno a los objetivos de optimización del sector que exige la normativa europea. La recaudación de este impuesto «se destina a cubrir las necesidades de la administración local», y se considera que no está alineada con el correcto funcionamiento del mercado interior de las telecomunicaciones.
Además, el Tribunal Supremo ya había dado la razón a Vodafone en noviembre de 2023 por su recurso relacionado con el IAE de 2014, dictamen que le permitirá recuperar algo más de 27 millones de euros más intereses. Este fallo se suma a los anteriores de los ejercicios 2012 y 2013, donde la compañía logró anular liquidaciones por un total aproximado de 80 millones de euros.
Con esta serie de decisiones judiciales, se establece un precedente importante en la disputa entre las operadoras y la administración tributaria, que podría tener implicaciones significativas para el sector de las telecomunicaciones en España.
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