La Agencia Tributaria aprovechará este año todo el potencial de la nueva información financiera disponible para reforzar el control del negocio digital y las rentas y los patrimonios ocultos, así como la lucha contra la economía sumergida. A la información ya disponible de los proveedores de servicios de pago sobre pagos transfronterizos y la remitida por las plataformas de comercio electrónico en el marco de la directiva DAC7, se suman ahora las nuevas declaraciones informativas para el ámbito financiero, que enriquecerán los datos sobre flujos económicos disponibles para aflorar fraude fiscal en muy diversos ámbitos, desde el comercio electrónico hasta la ocultación de cobros y pagos a través del circuito ‘neobancario’.
Estos ámbitos de actuación preferente figuran en las directrices generales del Plan de Control Tributario 2026 publicadas hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE), donde también se prevé seguir impulsando la lucha contra el fraude fiscal de las sociedades con cifras de negocio elevadas y de las personas físicas con patrimonios relevantes, al tiempo que se reforzará el control y la prevención del fraude en todas las áreas de negocio del sector inmobiliario y de la construcción.
A su vez, en el ámbito del control extensivo se intensificarán las actuaciones realizadas por los equipos especializados en el control de actividades económicas, mientras las problemáticas más leves se seguirán abordando desde una perspectiva de prevención y fomento del cumplimiento voluntario.
El papel de la nueva información financiera
A partir del presente año, las nuevas declaraciones informativas para el ámbito financiero aportarán ventajas para el control del fraude, al tiempo que para la asistencia al contribuyente. Respecto a la lucha contra el fraude, la obtención de información con carácter mensual de los cobros con tarjeta permitirá mejorar el control de las posibles ocultaciones de actividades empresariales o profesionales, y la obtención de información mensualizada de titularidades financieras facilitará la detección temprana del uso de sociedades pantalla y otro tipo de entidades instrumentales utilizadas en el marco de las tramas de IVA.
Al mismo tiempo, contar con información relativa a cobros mensuales y a todo tipo de cuentas financieras y tarjetas potenciará la evaluación del riesgo recaudatorio y la investigación recaudatoria de flujos financieros, así como la adopción eficaz de medidas cautelares y de embargos de cuentas y de TPV. También permitirá mejorar la lucha contra el fraude en fase ejecutiva, al ampliarse las capacidades de detección de posibles alzamientos de bienes y de hechos que lleven a plantear derivaciones de responsabilidad tributaria.
Desde el punto de vista de la asistencia, disponer de información actualizada de cuentas bancarias permitirá facilitar al contribuyente la tramitación de sus obligaciones tributarias y evitar la realización de pagos y devoluciones por parte de la Administración Tributaria a cuentas que hayan sido canceladas o cuya titularidad hubiera variado. Además, se incrementará la efectividad en la verificación de la identidad de contribuyentes que no dispongan de otros medios de autenticación, como Cl@ve, en los que el número de cuenta bancaria se utiliza como elemento adicional de verificación de identidad.
‘Neobanca’ y comercio electrónico
Esta nueva información financiera, sumada a la recientemente incorporada sobre pagos transfronterizos, impulsará igualmente el control sobre la utilización de cuentas en entidades financieras digitales (‘neobancos’) para ocultar rentas o patrimonios en el exterior. Las comprobaciones irán enfocadas a aquellos contribuyentes en los que se detecte un uso indebido de cuentas ‘neobancarias’ para ocultar rentas o patrimonios en el exterior.
La información financiera se añadirá a la remitida por las plataformas de venta ‘online’ a través, entre otras fuentes, de la DAC7, para seguir avanzando en el control del comercio electrónico, que vuelve a ser este año un objetivo prioritario de las tareas de control, tanto en materia de venta de bienes como de prestación de servicios.
Entre otras, se realizarán actuaciones de comprobación de entidades constituidas formalmente en España o en otro Estado miembro con la finalidad de aparentar la condición de estar realmente establecidas en la UE para modificar la forma de tributación en IVA de las ventas de comercio electrónico que realizan a través de plataformas, tratando así de eludir el pago del impuesto. A su vez, uno de los perfiles que podrán dar lugar a actuaciones coordinadas de Inspección será el de contribuyentes que declaran estar establecidos en la UE para aplicar el régimen de ventanilla única y, sin embargo, no disponen de medios para operar en la UE.
También se continuará profundizando en el análisis y verificación de la correcta tributación de los creadores de contenido en redes sociales, incluyendo el análisis de la residencia fiscal de quienes participan en estas nuevas formas de negocio.
En el área de Aduanas e Impuestos Especiales, el control sobre las operaciones de comercio electrónico se reforzará como consecuencia de la eliminación de la franquicia de 150 euros de derechos de aduana.
Por otra parte, en 2026 se impulsará la realización de actuaciones de control sobre contribuyentes que, habiendo operado con monedas virtuales, no hayan declarado rentas o ganancias patrimoniales derivadas de su tenencia y transmisión. En este contexto, se intensificará la explotación de la información disponible, así como el análisis de perfiles de riesgo, mediante el uso de herramientas de trazabilidad en ‘blockchain’, con la finalidad de detectar contribuyentes con indicios de patrimonios no justificados o rentas no declaradas.
Un refuerzo integral del control en el negocio inmobiliario
La Agencia Tributaria reforzará en el año 2026 las actuaciones de control y prevención del fraude en las distintas áreas de negocio del sector inmobiliario, en un contexto de despegue de este mercado tras años de ralentización, y de nuevas manifestaciones en el modelo de negocio en el que se desarrolla, abarcando las fases de promoción, construcción, comercialización e intermediación.
Serán objeto de un control pormenorizado riesgos potenciales característicos del sector, como pueden ser la deducción improcedente de gastos financieros o la utilización abusiva de subcontratas, al tiempo que se prestará atención relevante también a la comercialización e intermediación en la venta y arrendamiento de inmuebles.
La Agencia también prestará atención a la correcta valoración de los inmuebles en las transmisiones, muy especialmente cuando intervengan entidades vinculadas o estructuras societarias. Asimismo, se reforzará el control sobre el cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa, especialmente en operaciones complejas de promoción, rehabilitación y transmisión sucesiva de inmuebles.
Por otro lado, se realizará un seguimiento específico de las estructuras empresariales, societarias y patrimoniales que puedan ser utilizadas en el sector inmobiliario, con el fin de identificar esquemas diseñados para reducir la carga tributaria.
Además, en el ámbito de los arrendamientos se intensificarán las actuaciones dirigidas a verificar la correcta declaración de los rendimientos obtenidos, con especial atención a los alquileres gestionados a través de plataformas digitales, y se seguirá incidiendo de manera especial en los distintos operadores en el mercado del arrendamiento turístico a través de plataformas. Se prestará además una especial atención al sector de la intermediación para garantizar que el régimen de comisiones en las que se basa tenga un adecuado reflejo en las declaraciones tributarias.
Al tiempo, un objetivo de los planes de visitas de comprobación formal será identificar arrendamientos de inmuebles residenciales para uso distinto del de vivienda no declarados, o declarados como arrendamiento de vivienda. Se trata de detectar artificios en el alquiler de pisos turísticos y arrendamientos de temporada.
De igual modo, se continuará acentuando el control sobre las sociedades anónimas cotizadas de inversión inmobiliaria (Socimi), dado su régimen fiscal especial y su relevancia en el mercado inmobiliario, y se vigilará la correcta tributación de las ganancias patrimoniales derivadas de inmuebles obtenidas por no residentes.
Por otra parte, las personas no residentes que son titulares de elementos patrimoniales en España, directa o indirectamente a través de participaciones en entidades, suponen un colectivo cada vez más numeroso. En consecuencia, se realizarán actuaciones de control del Impuesto sobre el Patrimonio por obligación real de contribuir y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes.
Sector de los hidrocarburos
Por otra parte, se van a intensificar las comprobaciones formales con la finalidad de verificar que todos aquellos obligados tributarios que
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