MADRID, 27 (EUROPA PRESS)
El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha propuesto imponer una multa de 3.600.902 euros a Alquiler Seguro, tras la apertura el pasado marzo de un expediente sancionador por parte del Departamento que dirige Pablo Bustinduy. Esta información fue revelada por la asociación de consumidores Facua.
Pablo Bustinduy ha afirmado que la propuesta de sanción conocida hoy es «uno de los pasos intermedios dentro de un procedimiento del expediente del Ministerio» y ha subrayado que no puede hacer valoraciones mientras el expediente esté en curso. En una entrevista en ‘La hora de la 1’ de TVE, defendió: «Vivo en un sistema muy garantista, no puedo opinar sobre un procedimiento que está en curso, porque eso contradice las garantías que asisten a las partes».
Hace unos meses, el Ministerio abrió un expediente sancionador a una «gran agencia inmobiliaria» por posibles prácticas abusivas contra inquilinos en la gestión del alquiler a nivel nacional, sin revelar inicialmente el nombre de la empresa. Facua informó que la compañía afectada era Alquiler Seguro, que fue denunciada en noviembre de 2023 por imponer el pago de honorarios a los inquilinos, una práctica que prohíbe la legislación vigente tras la promulgación de la ley de vivienda.
La propuesta de sanción presentada por el Ministerio debe ser valorada ahora por el secretario general de Consumo y Juego, Andrés Barragán, y continuará en fase de análisis durante los próximos meses, ya que se espera una decisión una vez revisadas las alegaciones de las partes.
La resolución, comunicada a Facua conforme a lo establecido en la ley, detalla las irregularidades localizadas en los contratos que la inmobiliaria firma con los arrendatarios, mientras se desestiman las alegaciones de la agencia contra la primera propuesta de sanción emitida en marzo. Bustinduy explicó que el expediente se ha hecho público porque «hay partes implicadas en el procedimiento» y recordó que «el proyecto se originó por denuncias de organizaciones de consumidores».
Entre las irregularidades destacadas por el Ministerio, se encuentra la imposición de un supuesto servicio de atención al inquilino, mediante el que se encubre el cobro de gastos que deberían ser asumidos por el propietario, así como la obligación de contratar un seguro del hogar y un estudio de solvencia económica. A esto se suma la limitación del derecho de desistimiento del contrato y la carga a los inquilinos de todos los gastos derivados de reclamaciones judiciales o extrajudiciales.
Bustinduy ha manifestado: «El Ministerio de Consumo tiene recursos limitados, pero los vamos a poner todos siempre a disposición de asegurar que ninguna empresa esté por encima de la ley. En el mercado de la vivienda, especialmente, se ha impuesto la ‘ley de la selva’ en los últimos años y se ha hecho que los inquilinos se vean en una situación de indefensa».
Multas por irregularidades en el servicio y cláusulas abusivas
El Ministerio ha propuesto una multa de un millón de euros a Alquiler Seguro por el cobro al inquilino de servicios que, según la Ley de Arrendamientos Urbanos, «corresponde satisfacer a la parte arrendadora». El Servicio de Atención al Inquilino (SAI) obligaba a los arrendatarios a pagar «una mensualidad de renta más IVA/IGIC», que posteriormente se modificó a «990 euros más IVA/IGIC», por conceptos como gestión documental o estudio de solvencia.
La resolución sostiene que «no puede ampararse que, bajo la apariencia del cobro por el SAI, Alquiler Seguro eluda la prohibición del cobro de los gastos inmobiliarios y de formalización del contrato», y que estos se imponían al inquilino «aunque no reportan beneficio alguno, sino al propietario». El expediente señala que el contrato SAI «se presta durante toda la vigencia del contrato de arrendamiento, por lo que un inquilino pagaría lo mismo por los servicios se prestasen durante seis meses o durante cinco años», criticando la falta de proporcionalidad y los beneficios exclusivos para la parte arrendadora.
Asimismo, Consumo ha planteado una segunda sanción de 990.900 euros por exigir a los inquilinos la contratación de un seguro de hogar, una práctica que «beneficia al arrendador respecto de las coberturas relativas a responsabilidad inmobiliaria, continente y contenido», trasladando al arrendatario el pago de una prima por daños que «realmente no han de responder».
El contrato de Alquiler Seguro también contenía cláusulas que obligaban a los inquilinos a «hacer frente a todos los gastos, derechos, impuestos o tasas judiciales» y permitían su inclusión en ficheros de morosos «en caso de impago de cualquier cantidad». Finalmente, el expediente recoge una potencial infracción por limitar el derecho de desistimiento sobre el SAI, señalando que «muchas de las prestaciones que incluye ni siquiera se ejecutarán durante el contrato si el inquilino no está interesado».
