
El presidente de la Conferencia Episcopal Española, Luis Argüello, ha enfatizado la importancia de la libertad religiosa en España, en respuesta al veto a las fiestas musulmanas en Jumilla. Los obispos han querido subrayar que las manifestaciones religiosas públicas están amparadas por el derecho a la libertad religiosa, un derecho humano fundamental reconocido y protegido por la Constitución española.
En este contexto, la Conferencia Episcopal Española (CEE) se alinea con la postura de la Comisión Islámica de España respecto a la decisión del Ayuntamiento de Jumilla de prohibir celebraciones religiosas en sus instalaciones municipales. La Constitución asegura ese derecho fundamental en su artículo 16.1, que establece: “Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley”.
Por lo tanto, los obispos consideran que la única intervención posible por parte de las autoridades públicas debe ser en caso de “la perturbación del orden público que estas celebraciones puedan causar”. Estiman que este tipo de evaluaciones debe hacerse con objetividad por parte de especialistas y con criterios técnicos, a fin de evitar decisiones arbitrarias o ideológicas.
Además, la Conferencia Episcopal sostiene que las restricciones en espacios públicos, si su propósito es proteger el bien común, deben aplicarse a cualquier tipo de manifestación, no únicamente a las de carácter religioso.
Libertad de pensamiento, de conciencia y de religión
La CEE recuerda que la Declaración de los Derechos Humanos, en su artículo 18, subraya que todas las personas tienen derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión. Este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la de manifestar dicha religión o creencia, tanto de forma individual como colectiva, en público y en privado, a través de la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.
“Limitar estos derechos —subraya la CEE— atenta contra los derechos fundamentales de cualquier ser humano, afectando no solo a un grupo religioso específico, sino a todas las confesiones religiosas y también a los no creyentes”. Por ello, en su opinión, imponer restricciones por motivos religiosos implica una forma de discriminación que no tiene cabida en sociedades democráticas.