El Sorteo Extraordinario del Niño, que se celebra este martes durante el Día de Reyes, pone fin a unas agitadas fiestas navideñas marcadas por el conflicto del Gordo en Villamanín. Este sorteo repartirá un total de 770 millones de euros, con un primer premio de 2.000.000 euros por serie (200.000 euros al décimo).
El segundo premio está dotado con 750.000 euros por serie (75.000 euros al décimo), mientras que el tercero asciende a 250.000 euros por serie (25.000 euros al décimo).
Este evento es el segundo más importante de la Lotería Nacional y el primero extraordinario del año 2026. Se llevará a cabo a las 12:00 del mediodía en el salón de sorteos de Loterías y Apuestas del Estado, utilizando el sistema habitual de bombos múltiples.
Desde su institucionalización en 1941, el sorteo ha ganado en interés y seguimiento, aunque no despierta la misma expectación que el de Navidad, ya que sigue un guion preestablecido con una duración media de media hora.
La emisión total de este sorteo asciende a 1.100.000.000 euros, de los cuales el 70 % se distribuye en premios.
Para esta ocasión se han consignado 911.903.000 euros, lo que representa una media de 18,77 euros por habitante, cantidad ampliamente superada en regiones como Asturias (31,37 euros), Castilla y León (30,04 euros), La Rioja (28,17 euros), Comunidad Valenciana (26,17 euros) y Cantabria (24,39 euros).
Las ciudades donde menos lotería se compra son Ceuta (3,81 euros) y Melilla (4,42 euros), seguidas de Baleares (9,40 euros), Cataluña (12,96 euros) y Canarias (13,67 euros).
Por provincias, la clasificación la encabeza Soria, con una consignación de 60,18 euros por habitante.
La media de este año, 18,77 euros, es similar a la del año pasado, que fue de 18,20 euros.
No obstante, los datos definitivos de ventas no se conocerán hasta poco antes del inicio del sorteo, cuando las administraciones informen sobre los décimos que han vendido y los que devuelven a la Sociedad Estatal.
En cuanto a las terminaciones del primer premio, el cero ha sido la más repetida (22 ocasiones), seguida del 7 (14), el 4 (13), el 9 (13), el 5 (12), el 2 (11) y el 6 (10 veces).
Consejos para evitar problemas si la suerte llama a la puerta
Si comparte un décimo, no es suficiente con enviar una foto por WhatsApp o cualquier otro medio. Debe incluir de manera expresa el número del décimo, la serie, la fracción y la fecha del sorteo, así como la identidad de todos los copropietarios, el porcentaje o cantidad que juega cada una y quién es el depositario.
Al compartir décimos a través de Bizum, es importante indicar el concepto, el número del décimo y el porcentaje que se juega, además de hacer una captura del pago y compartirla con el grupo.
En caso de extravío o robo del décimo, es fundamental denunciarlo inmediatamente a la Policía Nacional o a la Guardia Civil y también comunicarlo a Loterías. Tener una fotografía o fotocopia del décimo por ambas caras es decisivo para poder bloquear el pago.
¿Cómo cobrar el premio en caso de que el décimo se comparta? Cada ganador debe identificarse en el banco con su porcentaje de participación: el importe total, ya con la retención fiscal, se ingresa en la cuenta del titular, quien luego repartirá según lo pactado.
¿A quién corresponde el premio cuando se está en régimen de gananciales o separación de bienes? En el primer caso, las ganancias obtenidas en el juego son de ambos, mientras que en caso de separación de bienes, el premio será de quien compró el décimo.
Ojo con las papeletas
Históricamente, se ha asumido que las papeletas eran válidas sin cuestionar su legitimidad, hasta los recientes sucesos en Villamanín (León), donde se vendieron más participaciones que décimos premiados.
Es importante tener en cuenta que una papeleta no es lo mismo que un décimo, ni un documento oficial emitido por Loterías. Se rige por normativas de carácter privado, y su validez depende de cómo esté hecha y gestionada.
Con una papeleta se adquiere un derecho de participación sobre un décimo, constituyendo un contrato privado entre ambas partes: el vendedor de la papeleta se compromete a pagar la parte proporcional del premio si su número resulta agraciado.
Para que la papeleta sea legal, debe figurar el nombre del vendedor y la fecha del sorteo, el número del décimo, su precio y el importe real que se juega, así como cualquier recargo o donativo si existiese, la identificación completa del vendedor (nombre, DNI o razón social y, si existe, un sello) y la advertencia fiscal: retención del 20 % en premios superiores a 40.000 euros.
Por tanto, el comprador no puede dirigirse a una administración de lotería porque quien cobra el décimo es el vendedor o depositario y, una vez cobrado, está obligado a repartir el premio entre los compradores.
Si el vendedor no paga, se pueden iniciar acciones legales para reclamar civilmente su premio, junto con los correspondientes intereses. En caso de intento de fraude (como vender más décimos de los existentes o falsificarlos), se puede interponer una denuncia o querella.
En caso de que se trate de un error sin intención fraudulenta, tanto vendedor como compradores pueden intentar alcanzar acuerdos extrajudiciales para facilitar el cobro, como un pago limitado con una quita proporcional en cada participación para asumir entre todos el ‘exceso’ vendido.
