El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo que permite modificar los límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, en cumplimiento del artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. Este acuerdo permitirá al Organismo Autónomo Instituto de Turismo de España (TURESPAÑA) hacer frente a los compromisos derivados de la convocatoria de becas para la realización de prácticas profesionales.
Modificación de los límites de gasto
Dicho organismo solicita autorización para modificar los límites de gasto con cargo a ejercicios futuros en la aplicación presupuestaria ‘Becas para alumnos de turismo’. La dotación inicial en los presupuestos vigentes para 2025 asciende a 1.106.340 euros.
Marco Regulador y Convocatoria de Becas
La Orden ICT/885/2018, de 17 de agosto, establece las bases reguladoras del programa de becas del Instituto de Turismo de España para la realización de prácticas profesionales. Este marco tiene como objetivo conceder becas que permitan el desarrollo de actividades formativas en la red de Consejerías de Turismo en el exterior y en los servicios centrales de TURESPAÑA y la Secretaría de Estado de Turismo. El propósito es mejorar la cualificación y formación de los recursos humanos del sector turístico español y el conocimiento de los mercados emisores de turistas internacionales, así como los atributos que conforman la identidad de la marca España.
De acuerdo con lo dispuesto en la citada Orden, se convocaron becas para el periodo 2024-2025 mediante una resolución de 13 de mayo de 2024, que fue posteriormente modificada el 12 de diciembre de 2024.
Cuantía Máxima Anual de las Becas
La cuantía total anual máxima de las becas, como se indica en la resolución de 12 de diciembre de 2024, asciende a 1.121.249,60 euros. Esta cantidad se dividirá en las siguientes asignaciones: 109.028,38 euros para el año 2024, 927.869,45 euros para 2025 y 84.351,77 euros para 2026.
Reajustes y Modificaciones Necesarias
La incorporación de los nuevos becarios se ha retrasado hasta el 1 de febrero de 2025, lo que implica que una parte del gasto inicialmente previsto para el presente ejercicio se ejecutará en 2026. Además, la Orden PJC/178/2025, de 25 de febrero, que regula la cotización a la Seguridad Social y otros aspectos, incrementa los costes de Seguridad Social desde el 1 de enero de 2025.
Asimismo, TURESPAÑA está tramitando una prórroga para las becas por un periodo adicional de 12 meses (Fase II), extendiendo así su duración hasta el 31 de enero de 2027.
Necesidad de Recalcular Anualidades
La situación anterior conlleva la necesidad de recalcular las anualidades, dado que se trasladará a 2026 parte de los gastos de la primera fase del programa de becas, se prevé la prórroga de una segunda fase y habrá un incremento del gasto respecto a la estimación inicial debido a los mayores costes de Seguridad Social.
Por todo lo expuesto, se solicita la autorización del Consejo de Ministros para modificar los límites establecidos en el apartado 2 del artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para el ejercicio 2026, conforme a lo previsto en el apartado 3 de dicho artículo. Los límites de compromiso máximo a adquirir por año son los siguientes:
| Año | Límite de compromiso máximo a adquirir (€) |
|---|---|
| 2026 | 1.019.977,80 |
| 2027 | 187.102,45 |
