El Gobierno de Castilla-La Mancha ha publicado recientemente en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) la orden de Vedas de Pesca de 2026 de la Consejería de Desarrollo Sostenible. Esta normativa establece los periodos hábiles para la pesca y introduce medidas para el control de especies invasoras. A continuación, se detallan los aspectos más relevantes de esta orden.
Periodos hábiles en aguas trucheras
La orden especifica que los periodos hábiles en aguas declaradas trucheras son del 1 de abril al 30 de septiembre en aguas de baja montaña y del 1 de mayo al 15 de octubre en aguas de alta montaña. En concreto, la pesca de la trucha común se autoriza en la modalidad de pesca sin muerte.
También se regulan las tallas mínimas de captura y los límites de ejemplares que cada pescador puede capturar durante su actividad.
Entre las restricciones de la orden de vedas de pesca, se encuentra la prohibición del cebado de aguas antes o durante la pesca en aguas trucheras. Además, solo se pueden comercializar ejemplares de tenca y trucha arcoíris.
Limitaciones en los concursos de pesca
La normativa también contempla la fijación de requisitos específicos sobre los cebos permitidos según el tipo de agua y su nivel de protección para los pescadores. Aunque los concursos de pesca seguirán permitidos, los organizadores deberán tener en cuenta ciertas limitaciones. Los concursos solo se podrán realizar en un máximo del 50 por ciento de los fines de semana y festivos del año.
Especies exóticas invasoras
Con respecto a las especies exóticas invasoras, la orden establece medidas concretas para su control y erradicación e indica áreas específicas donde se permite su captura con el objetivo de minimizar su impacto ecológico y controlar sus poblaciones.
Además, se refuerzan las restricciones sobre su transporte y comercialización para evitar su propagación en nuevas masas de agua.
En este sentido, se prohíbe la liberación de ejemplares de especies exóticas invasoras en el medio natural. Los ejemplares capturados en zonas no autorizadas deberán ser sacrificados de inmediato.
La normativa enfatiza la importancia de la colaboración ciudadana en la detección y control de estas especies, instando a los pescadores a informar sobre su presencia y contribuir a su erradicación. El reglamento introduce medidas específicas de control y erradicación, designando zonas específicas donde se permite la captura para frenar el daño ecológico y contener la expansión de estas poblaciones.
Por último, la normativa refuerza las restricciones al transporte y al comercio de estas especies para evitar su propagación a nuevos cuerpos de agua. La libertad de ejemplares invasores al medio natural está prohibida, y aquellos que sean capturados fuera de las zonas autorizadas deben ser retirados de inmediato.
