El borrador de la magistrada progresista Laura Díez propone rechazar la petición del expresident catalán Carles Puigdemont de levantar la orden de detención nacional que pesa sobre él por orden del Tribunal Supremo. Fuentes jurídicas confirman que la ponencia, adelantada por El Español, aboga por desestimar la solicitud cautelar planteada por la defensa del expresident hasta que el Tribunal Constitucional resuelva el recurso de amparo que presentó contra la decisión de no aplicarle la amnistía.
El borrador, en línea con la Fiscalía, se debatirá la próxima semana en el Pleno, donde también se examinarán las ponencias de los magistrados conservadores Enrique Arnaldo y César Tolosa, quienes igualmente rechazan suspender la orden de detención que pesa sobre los exconsellers Antoni Comín y Lluis Puig.
La orden dictada por el magistrado instructor del Supremo, Pablo Llarena, frena el regreso a España de Puigdemont. Uno de los principales argumentos de la ponencia es no desautorizar la actuación del juez y evitar actuaciones que puedan anticipar un sentido del fallo. Además, se destaca que la constitucionalidad de la Ley de Amnistía no implica que se deban alzar ya las medidas cautelares.
La solicitud de Puigdemont
Puigdemont solicitó en noviembre del año pasado al Tribunal Constitucional la suspensión inmediata de las órdenes de búsqueda, detención e ingreso en prisión formuladas contra él, pidiendo que dicha suspensión se mantenga hasta que el Tribunal dicte una sentencia firme. En su escrito, la defensa del expresident se refiere a las conclusiones del abogado general sobre la Ley de Amnistía, que afirman que es plenamente compatible con el Derecho de la Unión.
Asimismo, se recuerda que esta norma ha sido declarada constitucional por el Tribunal Constitucional, lo que significa que “no puede ser privada de eficacia práctica por la persistencia de medidas penales restrictivas”. La defensa subraya que “la fase cautelar no puede convertirse en un instrumento para reabrir indirectamente un debate constitucional ya cerrado”.
Por consiguiente, la defensa argumenta que tanto el pronunciamiento del abogado general como la declaración de constitucionalidad de la ley “elimina cualquier fundamento jurídico para mantener viva una orden de detención mientras se tramita el amparo”.
Detalla que, durante años, Puigdemont ha visto limitada su libertad de movimiento y su actividad institucional debido a órdenes de detención cuya validez ha sido jurídicamente desactivada por la Ley de Amnistía y confirmada tanto por el Tribunal Constitucional como por el estándar europeo.
Finalmente, se advierte que mantener tales medidas en este contexto supondría un sacrificio desproporcionado e innecesario, incompatible con los principios de proporcionalidad, necesidad y mínima injerencia que rigen en esta fase.
