El exministro José Luis Ábalos ha llegado este miércoles al Tribunal Supremo, donde el juez Leopoldo Puente ha solicitado reflexionar si debe continuar como diputado ante los «consistentes indicios» de «muy graves delitos». Desde el Congreso se ha respondido que «el papel del poder judicial es cumplir las leyes, no opinar sobre ellas».
La petición del juez ha dado lugar a un debate sobre la continuidad de Ábalos como diputado, sugiriendo que podría haber mecanismos legales para evitar esta situación. En el auto que mantiene en libertad a Ábalos con las mismas medidas cautelares que tenía, el magistrado expresó su sorpresa de que un exdirigente socialista, acusado de delitos relacionados con el viciado ejercicio de la función pública, siga ejerciendo como parlamentario, con potestades tan relevantes como el control de la acción del Gobierno y la aprobación de normas con rango de ley.
Auto firme de procesamiento y prisión preventiva
El Reglamento del Congreso establece que un diputado será suspendido cuando, tras conceder el suplicatorio, haya un auto firme de procesamiento y se haya decretado la prisión preventiva. Sin embargo, en el caso de Ábalos esto no se da, por lo que las fuentes del Congreso han recalcado que no es función de los jueces modificar las normas. En este sentido, han señalado que el juez «tiene herramientas de sobra para ejercer sus funciones» y que el Poder Legislativo también posee las suyas.
El juez pide reflexionar si Ábalos debe ser diputado
El juez Puente instó a considerar si Ábalos debería seguir como diputado a pesar de las evidencias en su contra. Esto se reveló en el auto donde se argumentaba sobre la posibilidad de establecer legalmente algún mecanismo que evite esta situación. El magistrado admitió que «no es ajeno al natural estupor que produce» que Ábalos continúe desempeñando funciones críticas mientras enfrenta tales indicios.

El juez considera que el derecho constitucional «no sería obstáculo, necesariamente, para que pudiera articularse por ley algún mecanismo apto» para evitar la situación de Ábalos, que se encuentra actualmente bajo medidas cautelares, tras un informe policial que generó sospechas sobre gastos de 95.437 euros.
La modificación de las normas no es competencia de los jueces
Las fuentes del Congreso han insistido en que «la modificación de las normas» no es competencia de los jueces, quienes deben aplicar leyes formuladas por aquellos con la facultad de hacerlo. Esto implica que no se podría acordar la prisión provisional de Ábalos, a pesar de las acusaciones populares, sin respetar las exigencias legales que rigen el Reglamento correspondiente.
Libertad para Ábalos
Tras la decisión del juez de mantenerlo en libertad, Ábalos salió del Tribunal Supremo más de cinco horas después de su llegada. Durante este tiempo, se negó a declarar debido a su indefensión, argumentando que había renunciado a su abogado tras «diferencias irreconciliables». Sin embargo, se le recordó que debía comparecer ante el tribunal acompañado de su defensa.
En el transcurso de la audiencia, Ábalos enfatizó que su renuncia no constituyó un fraude de ley, a diferencia de lo que sostuvo el magistrado, quien advirtió que esto no se trataba del Congreso. Puente, siguiendo el criterio de la Fiscalía Anticorrupción, consideró que aunque los indicios contra Ábalos se han fortalecido, no hay cambios en las condiciones que justificarían su ingreso en prisión.
